LA MICROEMPRESA ES NUESTRO MEJOR PRODUCTO

Asesoría y Capacitación a las Empresas desde:Ideas de Negocio,Constitución y Formalización,Finanzas,Costos,Plan de Negocios,Planeamiento Estrategico, etc.

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Archivo para: Octubre 2008

19.10.08

¿Qué régimen tributario me conviene?

Aspectos Tributarios como Persona Natural
La legislación tributaria vigente permite a la persona natural optar entre el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) o el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER). Esto siempre y cuando las ventas de estas empresas estén por debajo de los límites establecidos para cada caso.

En el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), su contabilidad es muy sencilla, pues no hay necesidad de llevar Libros Contables. Están obligados a efectuar una declaración y pago mensual de un impuesto único de acuerdo a sus ingresos y demás parámetros que establece SUNAT. No están afectos al Impuesto General a las Ventas ni al Impuesto a la Renta. Emiten boletas de pago y bajo este régimen no pueden emitir facturas.
Esta limitación para emitir facturas, no le permite a Manuel Millones, la utilización del crédito fiscal por las compras efectuadas, y restringe la oportunidad de ser proveedor de otras empresas que exigen facturas para sus adquisiciones. Por ello, es más apropiado para empresas que venden a consumidores finales (por ejemplo bodegas, farmacias), o les prestan servicios (peluquerías, restaurantes) o realizan oficios (gasfitero, electricista).El pago único mensual se realiza sin necesidad de formularios en el Banco de la Nación u otros bancos afiliados al Sistema Pago Fácil, brindando los datos requeridos por SUNAT.
Para conocer más sobre el RUS, diríjase al siguiente enlace:
http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenes/rus/guiaPagoFacil/Guia1611.pdf

Bajo el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), no se requiere de contabilidad completa, pues están obligados a llevar únicamente Libros Contables de: Compras, Ventas e Ingresos, Inventario y Balances. Las empresas bajo este régimen están afectas al Impuesto General a las Ventas, para lo cual están obligadas al pago mensual por los ingresos netos mensuales, debiendo efectuar la correspondiente declaración, aunque no hayan realizado ventas. Igualmente están afectas al Impuesto a la Renta, para lo cual están obligados al pago mensual por los ingresos netos mensuales, debiendo efectuar la correspondiente Declaración, aunque no hayan realizado ventas. Sin embargo, estas empresas no están obligadas a la Declaración del Pago Anual del Impuesto a la Renta. Los incluidos en este régimen pueden emitir Facturas y demás comprobantes de Pago. Para mantenerse en él sus ingresos anuales no deben superar las 75 UIT.
Las personas naturales pueden efectuar la Declaración y Pago a través del Formularios respectivo o a través del Programa de Declaración Telemática.
Para conocer más sobre el Régimen Especial del Impuesto a la Renta, diríjase al siguiente enlace
http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenes/rer/index.html
Aspectos Tributarios como Persona Jurídica
Para las personas jurídicas, la legislación tributaria vigente contempla el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y el Régimen General del Impuesto a la Renta.
Bajo el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), no se requiere de contabilidad completa, pues están obligados a llevar únicamente Libros Contables de: Compras, Ventas e Ingresos, Inventario y Balances. Así mismo, están afectos al Impuesto General a las Ventas, para lo cual están obligados al pago mensual por los ingresos netos mensuales, debiendo efectuar la correspondiente Declaración, aunque no hayan realizado ventas. Están afectos también al Impuesto a la Renta, para lo cual están obligados al pago mensual por los ingresos netos mensuales, debiendo efectuar la correspondiente Declaración, aunque no hayan realizado ventas. Sin embargo, no están obligados a la Declaración del Pago Anual del Impuesto a la Renta. Pueden emitir Facturas y demás comprobantes de Pago. Para mantenerse en este régimen sus ingresos anuales no deben superar las 75 UIT.
Enlace SUNAT
http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenes/rer/index.html
De superarse la 75 UIT en sus ingresos anuales, la persona jurídica estaría comprendida en el Régimen General del Impuesto a la Renta. Bajo este régimen, están obligados a llevar contabilidad completa, están afectos al Impuesto General a las Ventas, a la declaración y pago mensual por los ingresos netos mensuales; al Impuesto a la Renta, a la declaración y pago mensual por los ingresos netos mensuales. Además, están obligados a la Declaración del Impuesto a la Renta anual.
Como Persona Jurídica las Declaraciones y Pagos mensuales deben realizarse a través del Programa de Declaración Telemática (PDT).
Enlace SUNAT : http://www.sunat.gob.pe/


30.09.08

CINCO PASOS PARA INICIAR UN NEGOCIO

Todos hemos pensado alguna vez en poner nuestro propio negocio, incluso cuando somos empleados y tenemos un trabajo seguro, pero la idea de ser “nuestro propio jefe” y de generar ganancias para el propio beneficio no es algo que se deba tomar a la ligera.

Yo no pretendo, amigo lector, sostener que hay alguna fórmula mágica para hacer un negocio, al contrario, soy de la idea de que existen ciertos principios básicos que podemos aplicar para lograr encontrar el camino del éxito.
Por mi experiencia como economista y por la que he podido adquirir en mi trabajo como asesor empresarial, voy a presentarte el proceso más fácil, ágil y eficaz para poder iniciar un negocio.

1) Encuentre su idea de negocio.
Facilito y sin complicaciones, pregúntate: ¿hay alguna necesidad no satisfecha en tu distrito o barrio?, ¿tienes cualidades que puedan serle de utilidad a alguien más?, ¿preparas algún plato que te queda riquísimo?, ¿qué te gusta hacer en tu tiempo libre? Como ves, conque respondas a una de estas cuestiones ya tendrás por dónde empezar a trabajar para tu negocio. ¡Así de sencillo! Y empieza a desarrollar esta idea...

2) Desarrolla tu plan de negocio.
Muchos lo ven como una pérdida de tiempo, pero en realidad es una inversión para tu propio beneficio. Este documento maestro te permitirá detectar cada necesidad de la empresa y cada oportunidad, e identificará aspectos y procesos que ni siquiera imaginabas que se requerían para el negocio.

Cuando lo hayas terminado, serás un experto en cada área del proyecto y sabrás con detalle cuánto dinero necesitarás para abrirlo, lo que nos lleva al siguiente paso.

3) Identifica tus opciones de financiamiento.
Una vez que tengas “la lista” de lo que necesitas para poner tu negocio, separa de ella lo que ya tengas (tanto en dinero como en especie) y, entonces, enfócate en lo que te hace falta.

Ten en cuenta que en caso de que tengas que pedir prestado, ningún organismo financiero te aportará el 100% del costo total del proyecto, por eso hay que ser muy claros en lo que tú estarás aportando; recuerda que el negocio será tuyo y, por lo tanto, es lógico que tú también aportes algo para su realización.
Existen aca en Lima muchas entidades financieras que te prestan hasta el 90% del costo total del proyecto, en esquemas blandos y de fácil acceso.

Lo más importante a la hora de decidir cuál de las opciones crediticias te conviene más es saber la tasa de interés, el plazo del préstamo, la periodicidad del pago y los intereses por mora (en caso de que llegues a retrasarte en uno o dos pagos).

No firmes nada que no hayas leído y entendido completamente. Investiga las opciones de
financiación que te ofrecen algunos bancos que apoyan a la microempresa.

Suponiendo que ya tengas previsto esto, tu siguiente paso será pedir permisos...

4) Cumple con la normatividad.
Existen ciertos trámites que son requeridos por ley para que un negocio opere en la total formalidad. A continuación le damos los pasos que debe seguir para formalizar su negocio.
Recuerda que es por tu seguridad y la de tus clientes, así que, ¡vale la pena! También puede haber otro tipo de licencias que debas tener según el negocio, por ejemplo, los restaurantes, y todo lugar que venda comida, deben solicitar una licencia de salubridad, no tiene costo y a tus clientes les dará la certeza de que preparas los alimentos de una manera higiénica.





5) ¡Abre tu negocio!
¿Todo listo? Ahora sí, a abrirlo con bombo y platillo... ¿Qué vas a hacer en la inauguración para tus clientes? ¿Qué promociones exclusivas tienes para ese día? ¿Por qué la gente no querrá perderse la inauguración de tu negocio? ¡Ingéniatelas!, promociones, descuentos, dos por uno, regalos, rifas, comida, membresías gratis, etc.